Tener un apoderado es obligatorio?

Buenos días.
En los requisitos veo que piden algunos documentos del apoderado, entre paréntesis dice (de ser el caso). Yo estoy en el país y puedo hacer los trámites yo misma. Entonces no es obligatorio tener un apoderado en mi caso, ¿ o sí lo es?

Gracias

Independientemente de donde se encuentre el estudiante al momento de firmar el contrato, el nombrar el apoderado es obligatorio porque el estudiante estudiará en el extranjero y el apoderado será su representante en el país para ciertos trámites cuando el estudiante no se encuentre en el país.

Muchas gracias, qué amable.

@icarovel ¿Dónde puedo hacer el certificado de tener un apoderado? En la misma notaría?

Si, en la misma notaría. El texto está indicado en el check list que envía el SENESCYT al becario.

Gracias nuevamente.

@icarovel yo voy a usar el texto que usted facilitó en una discusión porque voy a adelantar también. Estoy esperando que un analista del IECE se contacte conmigo. Hasta mientras me gustaría adelantar, por eso pregunto tanto! Cuál es la diferencia entre apoderado general y apoderado especial? Con la declaración juramentada es suficiente o también es necesario la fotocopia certificada de la cédula del apoderado?

Le agradezco su gentil ayuda.

El SENESCYT/IECE solicita apoderado especial, porque ese poder incluye un texto que autoriza para algo en particular, ser apoderado de los temas del estudiante cuando este se encuentre estudiado en el extranjero. Cuando en una notaría se elabora un poder y se incluye textos que indica una entidad es un poder especial. Un poder general entendería que es un poder absoluto, como que se está dando una representación commpleta al apoderado en todos los temas del misma en entidades públicas o privadas. Cuando elaboran el poder especial las notarías exigen copia a colores de la cédula del estudiante y del apoderado y la papeleta de votación, y ahí las certifican.